Examen CAP

El certificado de aptitud profesional, acreditativo de la correspondiente cualificación inicial es necesario para la conducción por vías públicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E.

Finalizado el curso de formación, los aspirantes a la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP), acreditativo de la cualificación inicial, deberán superar, en un plazo no superior a 1 año contado desde dicha finalización, un examen que versará sobre el contenido de las materias incluidas en el programa del curso de cualificación inicial.

Los conductores que sean titulares del certificado de aptitud profesional para transporte de mercancías y quieran ampliar o modificar para obtener el certificado para transporte de viajeros, únicamente estarán obligados a realizar la formación obligatoria específica para los permisos D, D+E, D1 y D1+E, del programa del curso inicial y a realizar aquella parte del examen referida a esta formación. De igual manera, aquellos conductores titulares del certificado para transporte de viajeros, que modifiquen o amplíen para el de transporte de mercancías, únicamente estarán obligados a realizar la formación obligatoria específica para los permisos C, C+E, C1 y C1+E, del programa del curso inicial y a realizar aquella parte del examen referida a esta formación.

Los aspirantes a la obtención de la cualificación inicial podrán concurrir a las pruebas que se convoquen, independientemente de su lugar de residencia habitual o del lugar en el que hubieran realizado el curso obligatorio.

REQUISITOS INSCRIPCIÓN A EXAMEN

  • La solicitud debidamente cumplimentada.

  • Dni/Nie.

  • Permiso de conducir.

  • Certificado acreditativo de haber finalizado el curso de formación inicial en un centro autorizado, en el plazo de 6 meses contados desde la fecha de su finalización.

  • Justificante del pago de la tasa de treinta euros (30€) por derechos de examen.

Página de consulta números de las cuentas bancarias, dónde se debe abonar la tasa:

Icono_PDF  Documento de ingreso

La Solicitud y la documentación complementaria se presentará en el Cabildo de Fuerteventura, así como en sus Oficinas de Atención al Ciudadano sitas en Morro Jable, Gran Tarajal y Corralejo, y por la sede electrónica de la administración (https://sede.cabildofuer.es/eAdmin/Sede.do), mediante la presentación de la documentación señalada.

Icono_PDF  Solicitud

 


 

Convocatoria de exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial

Icono_PDF  Resolución convocatoria exámenes CAP 2025

Concepto Importe (€)
Derechos de examen 30,00
Homologación de centros 300,00
Visados a favor de centros homologados 150,00
Homologación de cursos de formación 20,00
Expedición y renovación de tarjetas de cualificación 25,00

 


 

Normativa

  • Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.
    https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/04/20/284/con

  • Real Decreto 242/2022, de 5 de abril, por el que se modifica el RD 284/2021, de 20 de abril.
    https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/04/05/242

  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios en materia de transportes, publicada en el BOP Las Palmas, nº 81, de fecha 26 de junio de 2009.

Icono_PDF  Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación de Servicios en Materia de Transportes

 

 

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